EL CONSEJO DE MINISTROS Y EL VOTO DEL CONGRESO
En las relaciones entre el Consejo
de Ministros y el Congreso, se presentan dos modalidades en la forma del uso del
voto congresal, como es el de censura y el de falta de confianza. El voto de
censura es consecuencia de la interpelación efectuada por el congreso, y el de
falta de confianza es producido por iniciativa ministerial, ambos regulados a
nivel de norma constitucional.
A raíz de la presentación del
presidente del Consejo de Ministros en el Congreso, es oportuno reflexionar
sobre su basamento constitucional a la luz de las tres últimas constituciones. Para
dilucidar parte de la relación entre estos poderes, planteamos la interrogante,
¿Cuál sistema adoptado se contrasta mejor con nuestra realidad?, ¿Con esta
forma del voto congresal se busca generar estabilidad en el gobierno?.
Congreso de la República |
En contraste con la realidad, la
que adopta mejor sistema es la Constitución de 1979, la “constitución” de 1993
es la peor, porque introduce mal este mecanismo del sistema parlamentario. No
es razonable, cargar responsabilidad política a un consejo de ministros que
recién inicia su gestión, peor aún hacer de ello cuestión de confianza, si el
consejo de ministros naciera en el congreso, ahí si necesitaría su confianza
para gobernar.
Palacio de Gobierno |
Mientras que el actual congreso con
mayoría absoluta del fujimorismo, nos distraía con la presentación del gabinete
Zavala en el congreso y su consabido voto de confianza, el Poder Judicial
anulaba la sentencia a Fujimori en el caso de los diarios chicha. Es un golpe
concertado por la impunidad de un caso flagrante, concluiríamos con un poco de
suspicacia. Además, este actuar no es extraño del fujimorismo y lo permite su
constitución.
ISAAC LAURENCIO BOZA
E-mail: islwboza@hotmail.com
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